Puede acumular sus pensiones de jubilación con nuevos ingresos de actividad. En la mayoría de los regímenes, los salarios percibidos a la vez que su jubilación personal no deben superar un límite máximo si no cumple ciertos requisitos (vinculados a la edad y a su período de seguro acreditado).
Si su primera jubilación personal de base fue efectiva a partir del 1 de enero de 2015, la reanudación de una actividad no le procurará, en la mayoría de los casos, ningún nuevo derecho a jubilación a pesar del pago de cotizaciones.
Para acceder a una información personalizada según sus regímenes de jubilación,
conéctese a su cuenta de jubilación.
Esta cuenta le permitirá :